Calculadora · Actualizada 2026

¿Cuántos días de vacaciones y prima vacacional me corresponden en 2026?

Con la tabla de vacaciones dignas vigente desde 2023, tu primer año te da 12 días; el segundo, 14; el tercero, 16; el cuarto, 18; y el quinto, 20. A partir del sexto año sumas 2 días cada cinco años. La prima vacacional mínima es 25%. Con un sueldo de $15,000 y 3 años de antigüedad te tocan 16 días: $8,000 de vacaciones + $2,000 de prima = $10,000.

Última actualización:

Calcula tus vacaciones y prima

Escribe tu antigüedad en años cumplidos. Los días se llenan con la tabla legal, pero puedes ajustarlos si tu empresa otorga más.

Antes de ISR y cuotas del IMSS.
Si tienes 3 años y 6 meses, escribe 3.
Se actualiza con la tabla. Ajústalo si tu empresa da más.
Mínimo legal: 25%. Puedes subirlo si tu contrato lo mejora.

Tabla de vacaciones dignas vigente en 2026

La reforma conocida como “vacaciones dignas” cambió el artículo 76 de la LFT y empezó a aplicar en 2023. La tabla combina dos reglas: un aumento de 2 días por cada uno de los primeros cinco años y, después, 2 días adicionales por cada cinco años completos de servicio.

Días de vacaciones que corresponden por años completos de antigüedad.
Años de antigüedad Días de vacaciones
1 año12 días
2 años14 días
3 años16 días
4 años18 días
5 años20 días
6 a 10 años22 días
11 a 15 años24 días
16 a 20 años26 días
21 a 25 años28 días
26 a 30 años30 días
31 a 35 años32 días
36 a 40 años34 días
41 a 45 años36 días
46 a 50 años38 días
51 a 55 años40 días
56 a 60 años42 días

La fila se resalta automáticamente cuando escribes tu antigüedad en la calculadora. Si tienes 3 años y 6 meses, la tabla te da los días del tercer año cumplido; el periodo que está corriendo se prorratea cuando termina la relación laboral.

¿Cómo se calcula la prima vacacional?

La prima vacacional es un porcentaje adicional sobre el pago de los días de vacaciones. El mínimo de ley es 25%, pero tu contrato puede dar 30%, 50% o más. La fórmula es:

Pago de vacaciones = días de vacaciones × salario diario Prima vacacional = pago de vacaciones × porcentaje de prima Total = pago de vacaciones + prima vacacional

Ejemplo con números reales

Con un sueldo mensual de $15,000 y 3 años de antigüedad:

  • Salario diario: $15,000 ÷ 30 = $500.00.
  • Días de vacaciones: 16 (tercer año).
  • Pago de vacaciones: 16 × $500 = $8,000.00.
  • Prima vacacional del 25%: $8,000 × 25% = $2,000.00.
  • Total: $8,000 + $2,000 = $10,000.00.

Si la empresa otorga 30% de prima, el mismo caso daría $8,000 + $2,400 = $10,400. La calculadora acepta el porcentaje que tengas en tu contrato, siempre que sea 25% o más.

¿La prima vacacional paga ISR?

La prima vacacional está exenta de ISR hasta 15 UMA al año. En 2026, con una UMA diaria de $117.31, la exención es de $1,759.65. El excedente es gravable.

En el ejemplo anterior, la prima de $2,000.00 tiene $1,759.65 exentos y $240.35 gravables. El pago de los días de vacaciones, en cambio, forma parte del salario y sí está sujeto a ISR. La calculadora muestra ambos conceptos para que veas la diferencia.

Ojo: la exención de 15 UMA aplica a la prima vacacional, no al pago de las vacaciones. No mezcles ambos montos al revisar tu recibo.

¿Cómo se cuenta la antigüedad para vacaciones?

La tabla se aplica por años completos de servicio. Si entraste el 1 de marzo de 2023 y consultas en noviembre de 2026, tienes 3 años completos y estás en el cuarto año de servicio; te corresponden los 16 días del tercer año. Para el periodo que corre, el derecho se genera proporcionalmente y se paga completo al cumplir el siguiente aniversario, salvo que la relación termine antes.

Si llevas menos de un año, la LFT no reconoce todavía el periodo anual de vacaciones. Algunas empresas otorgan días proporcionales por política interna; si es tu caso, puedes capturarlos manualmente en el campo “Días de vacaciones”.

¿Me pagan vacaciones si renuncio o me despiden?

Sí, pero solo por las vacaciones ya generadas y no disfrutadas, más su prima vacacional. La LFT no permite que te paguen en dinero las vacaciones futuras que todavía no se han generado. En un finiquito o liquidación, las vacaciones pendientes se suman a los días trabajados, al aguinaldo proporcional y a la prima vacacional.

Preguntas frecuentes

¿Cuántos días de vacaciones me tocan por año?

Con la tabla vigente desde 2023, el primer año te corresponden 12 días; el segundo, 14; el tercero, 16; el cuarto, 18; y el quinto, 20. Del sexto al décimo año son 22 días, del 11 al 15 son 24, y así sucesivamente con 2 días más por cada cinco años.

¿La prima vacacional es del 25%?

El 25% es el mínimo legal del artículo 80 de la LFT. Tu contrato o tu empresa pueden otorgar un porcentaje mayor. La calculadora permite cambiarlo, pero no acepta valores menores al 25%.

¿La prima vacacional paga ISR en 2026?

La prima vacacional está exenta de ISR hasta 15 UMA al año. En 2026, con una UMA diaria de $117.31, la exención es de $1,759.65. El excedente se considera ingreso gravable.

¿Cómo se calcula la prima vacacional?

Se multiplican los días de vacaciones por el salario diario y el resultado por el porcentaje de prima. Con 16 días y un salario diario de $500, el pago de vacaciones es $8,000; la prima del 25% es $2,000; el total es $10,000.

¿Me pagan vacaciones si renuncio?

Si renuncias, te deben pagar las vacaciones que ya generaste y no disfrutaste, más su prima vacacional. La ley no permite compensar en dinero las vacaciones futuras que aún no se han generado.

¿Desde cuándo aplica la tabla de vacaciones dignas?

La reforma de vacaciones dignas se publicó en diciembre de 2022 y entró en vigor en 2023. La tabla de 12 días el primer año y aumentos progresivos sigue vigente en 2026.